Número de Identidad de Extranjero (NIE)
Si ha llegado a esta web seguro que tiene conocimiento de que es el NIE concretamente es el Número de Identidad de Extranjero.
Los extranjeros que tengan intereses profesionales, económicos o sociales, para acreditar su identidad serán dotados de un número que será personal y exclusivo.
Este número servirá para identificar a la persona extranjera y figurará en todo aquel documento que se tramite o se vincule con diligencia a pasaporte o tarjeta de identidad. Desde esta web te guiaremos de una forma fácil, intuitiva y práctica de cómo realizar el trámite de solicitud, solicitud y renovación del NIE.
En este proceso intervienen dos organismos la Dirección General de la Policía y la Administración general del Estado. Esta última es la encargada de diseñar el número y la primera de la emisión.
Si bien existen dependencias de policía nacional por todo el territorio nacional, no todas tienen entre sus cometidos la tramitación de expedientes de NIE. Asegúrese por tanto que su comisaria más cercana puede ayudar en su demanda.
¿Qué solicitudes son admitidas por razones de interés social, profesional o económico?
- Aquellas presentadas en España por la persona interesada
- Aquellas presentadas en España mediante representación
- Las presentadas en Oficinas diplomáticas (consulares) Españolas localizadas en el país de residencia del interesado
¿Qué documentación se ha de presentar para la solicitud del NIE?
- Impreso (EX15) solicitud normalizada, cumplimentada y firmada por el interesado
- Pasaporte, documentación de identidad cedula o título de viaje copia y original
- Motivos (sociales, profesionales y económicos) por los cuales se solicita el NIE
- Si la solicitud es mediante representación esta deberá ser acreditada de forma expresa indicando el fin del mismo.
- Fotografías tamaño carnet
- Justificante de abono de tasas
Uno de los requisitos para la obtención del NIE no se encuentra en situación irregular en España
¿Coste económico de la solicitud de NIE?
Las tasas se abonaran mediante el modelo 790 código 012
En Bancos, cajas o entidades cooperativas de crédito mediante el documento de pago
¿Dónde se presenta la solicitud?
En España se solicitará a la Dirección General de la Policía o mediante las Oficinas de Extranjería
Si reside en el extranjero lo podrá realizar mediante la Comisaria General de Extranjería y Fronteras o mediante las Oficinas consulares
¿Cuáles son los plazos para resolver y notificar?
El procedimiento ha sido resuelto por la Dirección General de la Policía
- Este habrá de ser resuelto en el plazo máximo de cinco días . Partiendo de la fecha de registro en el organismo pertinente
- Esta resolución si pone fin a la vía administrativa
- Si no se comunica en el plazo mencionado se considera DESESTIMADA por silencio administrativo
¿Qué recursos se pueden interponer ante esta desestimación?
- Recuso de Reposición:
Este se pondrá ante el mismo organismo que dictaminó el acto (en este caso la Dirección General de la Policía). El plazo de interposición es de un mes.
- Contencioso
Este se realizara ante el juzgado de lo contencioso
Juzgados Centrales
Sala de lo Contencioso de la Audiencia Nacional
OFICINAS DONDE RENOVAR O SOLICITAR NIE
Normativa reguladora:
- LEY ORGÁNICA 4/2000 de 11 de enero, sobre los derechos y libertades de los extranjeros y su integración social.
- REAL DECRETO 557/2011, de 20 de abril, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social, tras su reforma por Ley Orgánica 2/2009.